pago de lo indebido
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pago de lo indebido
HOLA QUE TAL MIS ESTIMADOS COLEGAS, TENGO UNA DUDA EN CASO DE QUE HAYA PAGADO MAS DE IMSS EN UN PERIODO, QUE PUEDO HACER?
PEDIR SU DEVOLUCION O ACREDITARLO EN MI PROXIMO PAGO?
PEDIR SU DEVOLUCION O ACREDITARLO EN MI PROXIMO PAGO?
MARICELA- Fiscalito Principiante
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Fecha de inscripción : 14/04/2009
Re: pago de lo indebido
Hola Colega:
Lo que debes hacer es pedir la devolucion del pago de lo indebido q realizaste, para esto tendras que acudir al área de tesorería del imss, debido a que el formato que necesitas para la realizacion de este tramite es el COB-SD y no esta publicado en el Diario Oficial pero ahi en la tesoreria te lo daran, te van a pedir un sinnúmero de papeles y pruebas documentales del error en el pago del Sua en disco y en papel y los movimientos afiliatorios, por lo deberas anexar lo siguiente entre otros:
Nóminas del periodo correspondiente que respalden la solicitud;
Cédulas de Determinación o de Liquidación de cuotas pagadas (medio
magnético con salida Sistema Único de Autodeterminación) y
Comprobantes del (los) pago(s) efectuado(s) con protección de caja y
sello de recibido por las entidades receptoras autorizadas por el Instituto. Movimientos afiliatorios recibidos por el Instituto;
Certificados de incapacidad expedidos por los servicios médicos
institucionales;
Tarjeta de Identificación Patronal;
Documento que compruebe el carácter del representante legal
Podras solicitar la devolucion dentro de los cinco años siguientes al entero del pago de lo indebido y la autoridad tendra 50 dias Habiles siguientes a la fecha de presentacion del aviso para resolver el tramite o en su caso la negativa ficta.
Espero sea de ayuda y esperemos a ver que opinan los colegas.
Exito
Lo que debes hacer es pedir la devolucion del pago de lo indebido q realizaste, para esto tendras que acudir al área de tesorería del imss, debido a que el formato que necesitas para la realizacion de este tramite es el COB-SD y no esta publicado en el Diario Oficial pero ahi en la tesoreria te lo daran, te van a pedir un sinnúmero de papeles y pruebas documentales del error en el pago del Sua en disco y en papel y los movimientos afiliatorios, por lo deberas anexar lo siguiente entre otros:
Nóminas del periodo correspondiente que respalden la solicitud;
Cédulas de Determinación o de Liquidación de cuotas pagadas (medio
magnético con salida Sistema Único de Autodeterminación) y
Comprobantes del (los) pago(s) efectuado(s) con protección de caja y
sello de recibido por las entidades receptoras autorizadas por el Instituto. Movimientos afiliatorios recibidos por el Instituto;
Certificados de incapacidad expedidos por los servicios médicos
institucionales;
Tarjeta de Identificación Patronal;
Documento que compruebe el carácter del representante legal
Podras solicitar la devolucion dentro de los cinco años siguientes al entero del pago de lo indebido y la autoridad tendra 50 dias Habiles siguientes a la fecha de presentacion del aviso para resolver el tramite o en su caso la negativa ficta.
Espero sea de ayuda y esperemos a ver que opinan los colegas.
Exito
L.C. LETY- Fiscalito Novato
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Fecha de inscripción : 12/04/2009
Edad : 39
Localización : TIZAYUCA HIDALGO
Re: pago de lo indebido
MUCHAS GRACIAS COLEGA LETY, POR TU RESPUESTA ME SERA DE GRAN AYUDA
MARICELA- Fiscalito Principiante
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Fecha de inscripción : 14/04/2009
Re: pago de lo indebido
Hola mí querida Marisela:
Me da mucho gusto que participes en el foro, antes que nada una gran disculpa por no darte una respuesta rápida, pero la verdad es que andamos con mucha carga de trabajo gracias a Dios, pero aquí ando dándome tiempo para todo.
En relación a tu pregunta, te pido de favor que des lectura al artículo 299 de la LSS donde nos señala lo que procede en relación a las cuotas pagadas indebidamente, que incluso las puedes actualizar para solicitar su devolución y tienes 5 cortos años para solicitar dicha devolución como ya lo señalo la contadora lety. También debes apoyarte del artículo 131 del Reglamento de LSS en el que señala que debes solicitarlas por escrito y anexar la documentación que compruebe la improcedencia de dicho pago indebido el cual enlista la contadora lety. Después de haber solicitado tu devolución, el IMSS tiene un plazo de 50 días hábiles para efectuar dicha devolución, aquí podemos observar que legalmente te pueden realizar el depósito a tu cuenta bancaria y en este caso el IMSS tiene 40 días hábiles para realizarte el depósito correspondiente. Pero en la practica la realidad es que difícilmente te dan efectivo, regularmente te dan una nota de crédito por la cantidad que tienes a favor, y el importe de la nota de crédito la puedes acreditar o compensar, la verdad es que no existe un termino legal para esta acción del patrón ante el MSS contra los adeudos de periodos posteriores, ya que la compensación la prohíbe este mismo articulo 131 del RACERF y el acreditamiento es una figura diferente a la que se aplica en este caso pero lo importante es que si puedes recuperar esos pagos indebidos al Instiuto mediante la nota de crédito ya mencionada. En el único caso que te monetizan la nota de crédito es cuando hayas causado baja del instituto siempre y cuando no tengas adeudos con dicho instituto. También es importante leer el artículo 132 del RACERF ya que cuando hayas pagado cuotas obrero patronales la devolución será únicamente por las patronales excepto cuando compruebes que como patrón realizaste integro el pago sin hacer retención alguna a los trabajadores. Para mejor orientación te recomiendo que acudas a la subdelegación del IMSS y cheque este link donde se establecen los requisitos para solicitar tu devolución y el formato como bien lo dijo lety no esta publicado en el diario oficial por lo que es dificil conseguir uno, pero si acudes a la subdelegacion ahi te los proporcionaran. Espero haberte ayudado. http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/54A85308-7C70-44A1-942E-6BFDC6A8E5AB/0/IMSSFS004ASolicitudDevolucionCantidadesEnteradasModa.pdf
Me da mucho gusto que participes en el foro, antes que nada una gran disculpa por no darte una respuesta rápida, pero la verdad es que andamos con mucha carga de trabajo gracias a Dios, pero aquí ando dándome tiempo para todo.
En relación a tu pregunta, te pido de favor que des lectura al artículo 299 de la LSS donde nos señala lo que procede en relación a las cuotas pagadas indebidamente, que incluso las puedes actualizar para solicitar su devolución y tienes 5 cortos años para solicitar dicha devolución como ya lo señalo la contadora lety. También debes apoyarte del artículo 131 del Reglamento de LSS en el que señala que debes solicitarlas por escrito y anexar la documentación que compruebe la improcedencia de dicho pago indebido el cual enlista la contadora lety. Después de haber solicitado tu devolución, el IMSS tiene un plazo de 50 días hábiles para efectuar dicha devolución, aquí podemos observar que legalmente te pueden realizar el depósito a tu cuenta bancaria y en este caso el IMSS tiene 40 días hábiles para realizarte el depósito correspondiente. Pero en la practica la realidad es que difícilmente te dan efectivo, regularmente te dan una nota de crédito por la cantidad que tienes a favor, y el importe de la nota de crédito la puedes acreditar o compensar, la verdad es que no existe un termino legal para esta acción del patrón ante el MSS contra los adeudos de periodos posteriores, ya que la compensación la prohíbe este mismo articulo 131 del RACERF y el acreditamiento es una figura diferente a la que se aplica en este caso pero lo importante es que si puedes recuperar esos pagos indebidos al Instiuto mediante la nota de crédito ya mencionada. En el único caso que te monetizan la nota de crédito es cuando hayas causado baja del instituto siempre y cuando no tengas adeudos con dicho instituto. También es importante leer el artículo 132 del RACERF ya que cuando hayas pagado cuotas obrero patronales la devolución será únicamente por las patronales excepto cuando compruebes que como patrón realizaste integro el pago sin hacer retención alguna a los trabajadores. Para mejor orientación te recomiendo que acudas a la subdelegación del IMSS y cheque este link donde se establecen los requisitos para solicitar tu devolución y el formato como bien lo dijo lety no esta publicado en el diario oficial por lo que es dificil conseguir uno, pero si acudes a la subdelegacion ahi te los proporcionaran. Espero haberte ayudado. http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/54A85308-7C70-44A1-942E-6BFDC6A8E5AB/0/IMSSFS004ASolicitudDevolucionCantidadesEnteradasModa.pdf
Re: pago de lo indebido
HABER MI ESTIMADO ADMINISTRADOR, ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO CON LO EXPRESADO POR UD Y LA L.C. LETY, AL IGUAL QUE LA ESTIMADA MARISELA YO TUVE UN CASO SIMILAR SOLO QUE YA NO LO HICE PORQUE EL PATRON YA NO QUISO PRESENTARSE A SOLICITAR SU DEVOLUCION, EN LA SUBDELEGACION PACHUCA ME PEDIAN TODOS LOS REQUISITOS YA MENCIONADOS Y ME DIJERON QUE DABAN UNA NOTA DE CREDITO PARA APLICARLA A LAS CUOTAS SIGUIENTES, LA DUDA QUE TENGO ES COMO SE APLICA ESA NOTA DE CREDITO PORQUE EN EL SUA NO HAY NINGUNA OPCION PARA APLICARLA
alfonso- Fiscalito Principiante
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Fecha de inscripción : 28/04/2009
Re: pago de lo indebido
Te puedo decir que en ese caso tienes que ir al IMSS a que te generen una hoja en la que aplican ese saldo de la nota de credito que pagaste indebidamente, ademas debes llevar tu disco normal de pago del SUA de otro mes o cuotas a cargo. Y pueden aplicarla sobre cualquier cantidad a cargo o crédito que tenga un contribuyente, sin importar si es de otro NRP incluso.
Saludos
Saludos
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