DEVOLUCIONES AUTOMATICAS
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DEVOLUCIONES AUTOMATICAS
Hola estimados colegas:
Hay que darle las gracias al virus de la influenza, aun no entiendo que relacion tiene con el plazo para presntar la declaracion anual, pero la autoridad se compadeció de nosotros y ahora la fecha limite para presentar la declaración anual del ejercicio 2008 es el 1 de junio del 2009, pero cuidado, si generan saldos a favor y optan por la devolución automática, en lo personal y de acuerdo a la ley de ISR preséntenla a mas tardar el 30 de abril del 2009 porque no creo que la autoridad entregue las cantidades a favor de las declaraciones presentadas con posterioridad al 30 de abril del 2009 en las que opten por la devolucion automatica. No pongan en riesgo sus saldos a favor automaticos y preséntenlas como lo indica el articulo 175 de LISR. Pero si alguien se la quiere jugar y presentarla después del 30 de abril de 2009, agradecería nos informaran si recibieron su saldo a favor correspondiente. Gracias.
Hay que darle las gracias al virus de la influenza, aun no entiendo que relacion tiene con el plazo para presntar la declaracion anual, pero la autoridad se compadeció de nosotros y ahora la fecha limite para presentar la declaración anual del ejercicio 2008 es el 1 de junio del 2009, pero cuidado, si generan saldos a favor y optan por la devolución automática, en lo personal y de acuerdo a la ley de ISR preséntenla a mas tardar el 30 de abril del 2009 porque no creo que la autoridad entregue las cantidades a favor de las declaraciones presentadas con posterioridad al 30 de abril del 2009 en las que opten por la devolucion automatica. No pongan en riesgo sus saldos a favor automaticos y preséntenlas como lo indica el articulo 175 de LISR. Pero si alguien se la quiere jugar y presentarla después del 30 de abril de 2009, agradecería nos informaran si recibieron su saldo a favor correspondiente. Gracias.
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